El nuevo proyecto de Javier Milei convierte en ley la «Doctrina Chocobar»

En materia de seguridad, el Gobierno busca modificar un artículo del Código Penal que apela a la no punibilidad de determinados crímenes.

En un texto de 351 páginas, el Gobierno envió al Congreso el proyecto de la «ley ómnibus» con 664 artículos para seguir adelante con la desregulación estatal. En materia de seguridad, una de las iniciativas apunta a modificar uno de los puntos del Código Penal centrado en los crímenes no punibles.

La principal reforma del artículo 34 del código penal determina la no punibilidad a quienes «obraren en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo», según la normativa actual. Sin embargo, a este texto, el Gobierno busca agregar que «en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo».

La misma línea corre para el inciso que refiere a «aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia». Sobre este punto también buscan sumar aquellos casos donde haya «señales que pudieran hacer presumir una agresión inminente».

«También se entenderá que concurren estas circunstancias cuando una diferencia de edad, contextura física, experiencia en riña o el número de los agresores pudiera razonablemente hacer temer a quien se defiende por un daño a su integridad física o sexual. Estará además comprendido en este párrafo quien se defendiere respecto de quien esgrimiera un arma falsa o de quien atacare con un arma mientras huye de la escena», añade el texto presentado ante el poder legislativo para reformar el código penal.

La última de las reforma en relación a punibilidad determina que «quien comete un delito, aún en grado de tentativa» no tendrá la posibilidad de «querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida», ya que según argumenta el artículo, obra «en favor de quien se defiende u obre en ejercicio de su deber, autoridad o cargo».

Otra modificación del Código Penal: aumento de penas para atentados y resistencia a la autoridad

Otra de las modificaciones claves en materia penal propone aumentar a seis años la pena máxima para quienes cometan el delito de atentado y resistencia a la autoridad, cuyo tope es actualmente de 24 meses.

En los artículos 342 y 343 del megaproyecto se sustituyen el 237 y 238 del actual Código Penal, que castiga con «prisión de un mes a un año, el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones».

«Será reprimido con prisión de uno a tres años y seis meses el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, mientras estuviere cumpliendo sus funciones», indica el nuevo artículo 342.

Mientras que en el 343 se tratan los agravantes del mismo delito actualmente incluidos en el 238 y cuya pena máxima es de dos años.

De acuerdo al proyecto, «la prisión será de cuatro a seis años» si «el hecho se cometiere a mano armada», por «una reunión de más de tres personas», si «el autor fuere funcionario público y «pusiere manos en la autoridad».

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