Javier Milei dispuso mediante un decreto el uso de aeronaves del Estado en actividades privadas
El decreto instruye a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para que, en el término de 120 días contados a partir de su publicación, dicte una normativa específica.
El Gobierno nacional, encabezado por el presidente Javier Milei, dispuso mediante un decreto que las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas en actividades privadas, restringiendo su uso exclusivamente a tareas que forman parte de su función esencial al servicio del poder público.
El decreto 2024-712 establece que «las aeronaves públicas no podrán ser utilizadas para realizar ninguna actividad aérea distinta de aquella que hace a su condición jurídica esencial al servicio del poder público», prohibiendo así su utilización en cualquier actividad que pudiera ser considerada propia de una aeronave privada.
La normativa también aclara que las aeronaves privadas pertenecientes al Estado Nacional, las provincias, la Ciudad de Buenos Aires, los municipios y otros entes estatales podrán realizar actividades aerocomerciales de transporte y trabajo aéreo, siempre y cuando cuenten con las autorizaciones correspondientes otorgadas por la autoridad aeronáutica.
Además, el decreto estipula que los servicios de navegación aérea deberán otorgar prioridad operativa a las aeronaves públicas. Estas aeronaves, según la normativa, podrán ser objeto de contratos interjurisdiccionales de utilización, siempre que todas las partes involucradas pertenezcan al sector público.
Por último, el decreto instruye a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) a desarrollar y publicar, en un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigor del decreto, una normativa específica sobre el uso de aeronaves públicas o privadas de propiedad estatal.
fuente:diariochaco